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DERECHOS DEL USUARIO
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- Derecho a que el registrador le preste sus servicios en oficinas instaladas con las condiciones que garanticen la seguridad y conservación de los libros y documentos.
- Derecho a obtener asesoramiento verbal del registrador.
- Derecho a obtener del registrador un informe escrito.
- Derecho a obtener una certificación o una nota simple en un plazo de cuatro días.
- Derecho a obtener información de cualquier inmueble situado en España.
- Derecho a que el registrador facilite al notario información adecuada sobre la situación registral de una finca.
- Derecho a obtener un resguardo que acredite la entrega del documento.
- Derecho a que el registrador presente en el diario la comunicación que el notario le envíe.
- Derecho a que el registrador califique con arreglo a Derecho y bajo su responsabilidad los documentos.
- Derecho a obtener, en los supuestos de denegación o suspensión de la inscripción, un informe.
- Derecho a obtener la inscripción de los derechos en el plazo de 15 días hábiles.
- Derecho a que no se retrase por parte de pago de los honorarios el despacho de los documentos presentados ni su devolución.
- Derecho a recurrir contra la decisión del registrador en el caso de que se niegue a practicar el asiento solicitado.
- Derecho a que el asiento practicado en el Registro y salvaguardado por los Tribunales de Justicia no sea anulado o modificado por el registrador.
- Derecho a obtener una minuta detallada de los honorarios.
- Derecho, en caso de disconformidad con la minuta de honorarios formulada por el registrador, a impugnarla dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a su notificación o entrega.
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